Conflictos de interés y Consentimiento informado

Declaración de conflictos de interés

Todos los manuscritos deben incluir una declaración detallada sobre cualquier vínculo que constituya o pueda interpretarse como un conflicto de interés, incluso si no guarda relación directa con el contenido del manuscrito. Esta información puede ser utilizada por el editor en la toma de decisiones.

Entre los ejemplos de posibles conflictos de interés financieros se incluyen empleo actual o reciente, consultorías, tenencia de acciones, participación en juntas directivas, honorarios, testimonios pagados, patentes registradas o en trámite, y financiamiento para viajes, siempre que hayan ocurrido dentro de los tres años previos al inicio del estudio. Si no existen conflictos, se debe declarar expresamente que no los hay.

Además, cuando alguno de los autores declare un conflicto de interés, este debe completar el formulario para la declaración de conflictos de interés, conforme a lo indicado por el ICMJE. Este documento se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.icmje.org/disclosure-of-interest/.

En caso de que el artículo sea aceptado para su publicación, los conflictos de interés declarados serán incluidos en el texto final bajo un apartado específico titulado “Conflictos de interés”, con el objetivo de garantizar la transparencia y la integridad editorial.

 

Consentimiento informado

Los autores deberán contar con el consentimiento informado de todas las personas (o tutor legal u otra persona con autoridad legal), que participaron en el estudio. Este consentimiento debe haberse obtenido previamente, archivado adecuadamente y declarado en el manuscrito. Asimismo, se debe garantizar el respeto absoluto de la privacidad de los participantes, asegurando la anonimización de toda la información o imágenes utilizadas, a fin de proteger los datos personales. En tal sentido, no debe incluirse información que permita identificar a pacientes o participantes del estudio, como nombres, iniciales, números de historia clínica, fechas de nacimientos u otros datos personales. Además, la publicación de imágenes de pacientes o participantes sólo está permitida cuando dichas imágenes son imprescindibles para los fines científicos del manuscrito y se ha obtenido el consentimiento informado explícito.